Gobierno presenta proyecto de ley que tipifica delitos de connotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes

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Este miércoles 23 de junio los Ministerios de Justicia y de Desarrollo Social presentaron un nuevo proyecto de ley que busca modificar el actual Código Penal para sancionar los delitos de Explotación Sexual Comercial en contra de niños, niñas y adolescentes en el país. 

Durante la ceremonia estuvieron presentes la ministra de Desarrollo Social, Karla Rubilar, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, la subsecretaria de la niñez, Blanquita Honorato, y finalmente el subsecretario de Justicia, Sebastián Valenzuela.

En este sentido Karla Rubilar expresó que “este proyecto pone las cosas por su nombre: quien comete este delito es un explotador sexual y comercial de niños.”

Además, la ministra apuntó a que el 90% de las víctimas de este tipo de delitos son niñas, por lo que es necesaria una “perspectiva de género”, agregando que “tenemos que hacer un acompañamiento y entender que las principales víctimas son niñas. Tenemos que tener medidas claras y concretas”, puntualizó.

Además,  en sus redes sociales Rubilar publicó imágenes del encuentro acompañado de un texto  que señala que “NO es prostitución infantil, es explotación sexual en contra de niños, niñas y adolescentes”, por lo mismo, a través de esta proyecto de ley se busca tipificar este tipo de delitos. 

El proyecto comprende modificar el Código Penal y tipificar los delitos asociados a la explotación sexual comercial en contra de niños, niñas y adolescentes, a través de la introducción de un nuevo párrafo, relativo al “proxenetismo, explotación sexual comercial, y pornografía de niños, niñas y adolescentes”, que permitirá darle un tratamiento correspondiente.

Lo anterior, debido a que, según explican desde Justicia, de acuerdo a la estructura actual del Código Penal, la explotación sexual en menores no se encuentra debidamente tipificada, dado que regula principalmente bajo los delitos de “prostitución infantil” y de “obtención de servicios sexuales de menores de edad”, sin una mayor especificación. 

En este sentido, se pretende cambiar el delito de “prostitución infantil” por el de “explotación sexual de una persona menor de 18 años”, donde se considerará una pena mayor en los casos en que el ilícito se realice por la dependencia personal o económica del niño, niña o adolescente.

Finalmente se creará un nuevo artículo que regulará la producción, comercialización, importación, exportación, distribución, difusión y exhibición de material pornográfico infantil, sancionando a quienes lo elaboren, adquieran y comercialicen.

En Chile, entre el 2017 y 2019, los Programas de Protección Especializada en Explotación Sexual Comercial (PEE) del Servicio Nacional de Menores (Sename) atendieron un total de 4.286 casos de explotación sexual comercial. De esos, 3.861 eran mujeres (90%) y 425 hombres (10%), siendo la mayor parte de las afectadas (88%) adolescentes de 14 años o más.

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