Servel dio a conocer nómina de vocales de mesa para las elecciones del 10 y 11 de abril

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Este sábado, el Servicio Electoral (Servel) dispuso a través de su sitio web y diarios de circulación nacional la nómina de vocales de mesa y miembros de colegios escrutadores designados por las Juntas Electorales, de cara a las elecciones del 10 y 11 de abril que elegirán a alcaldes, concejales, gobernadores e integrantes de la Convención Constitucional.

En el caso de la revisión vía internet, mediante esta plataforma de consulta las y los votantes podrán conocer sus datos electorales: circunscripción electoral, número de mesa, si está habilitado para sufragar, local de votación —con su respectiva dirección— y si es vocal de mesa o miembro del colegio escrutador.

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Cabe recordar que, según la legislación recientemente aprobada para estos efectos, el pago para los vocales de mesa será de un monto de $60 mil pesos por cumplir su rol en ambos días. Asimismo, a los nuevos vocales designados por las juntas electorales que concurran a la capacitación, se les incrementará dicha gratificación con 0,22 UF.

También hay que señalar que a partir del lunes 22 de marzo se iniciará el proceso de vacunación para los vocales, partiendo con quienes tienen entre 51 y 56 años. Durante toda la semana se inoculará también al personal de apoyo a las elecciones.

Sin embargo, aquellos que no puedan desempeñar su rol de vocal de mesa deben presentar una excusa ante el Secretario de la Junta Electoral que lo designó Vocal de Mesa.

A continuación puede revisar los motivos permitidos para excusarse:

¿Cuáles son los motivos para excusarse? 

Se puede excusar por:

– Tener 60 o más años de edad.

– Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).

– Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación y madres con hijos menores de dos años.

– Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.

– Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.

– Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.

– Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.

– Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

Servel explica que, «las excusas se deben presentar ante el Secretario de la Junta Electoral que lo designó Vocal de Mesa, invocando alguna de las causales de inhabilidad contempladas en los Art. 45 y 49 de la Ley N° 18.700, o en la normativa publicada por el Consejo Directivo de Servel. Conjuntamente a la excusa, deben presentarse los documentos que acrediten estas causales, dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la designación».

¿Hay un período de excusas para los vocales de mesa? 

Sí, lo hay. Estas son las fechas que debes tener en cuenta si te quieres excusar. 

Lunes 22 de marzo 2021

Ese día comienza el plazo para presentar excusas (detalle más abajo) y solicitar la exclusión para desempeñarse como vocal de Mesa y de miembro del Colegio Escrutador.

Miércoles 24 de marzo 2021

Vence el plazo para presentar excusas y solicitar exclusiones ante Juntas Electorales para desempeño del cargo de vocal de Mesa y de miembro del Colegio Escrutador.

Sábado 27 de marzo 2021

Se entrega la lista definitiva de quienes compondrán el equipo de vocales de Mesa a lo largo del país.

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