Seremi del Trabajo aclara cuáles son las empresas consideradas esenciales

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  • La autoridad laboral detalló los casos en que se autoriza el desplazamiento de personas a sus lugares de trabajo.

A partir de las 22 horas de este desde este miércoles 29 de julio la autoridad sanitaria decretó cuarentena en las comunas de Coquimbo y La Serena, que restringe la libre circulación de personas con el fin de evitar la transmisión comunitaria y expansión del virus.

Sin embargo, existen situaciones donde se habilita el desplazamiento de personas que cumplen labores esenciales tales como personal de la salud y laboratorios, también quienes se desempeñen en labores de emergencia, personal de servicios de utilidad pública, empleados públicos, trabajadores que se desempeñen en labores de alimentación, transporte, seguridad, prensa y educación, entre otros.

Al respecto el Seremi del Trabajo, Matías Villalobos, explicó que “el llamado que se está haciendo es a respetar el confinamiento y a tomar todas las medidas pertinentes a fin de mejorar la situación sanitaria adversa que estamos viviendo. En el caso de los trabajadores que prestan servicios esenciales podrán continuar con sus labores y desplazarse hacia y desde sus lugares de trabajo portando carnet de identidad y un permiso único colectivo, el que debe ser solicitado por el empleador a través de www.comisariavirtual.cl.  En el caso de los profesionales de la salud, emergencia y transporte, podrán transitar con su credenciales y carnet de identidad”.

Seremi del Trabajo – Matías Villalobos

La solicitud de permisos únicos colectivos podrá ser obtenida por medio de comisaría virtual y es válido para el desplazamiento por sectores que se encuentren en cuarentena territorial, para asistir al trabajo de manera presencial o para la realización de otros trámites propios del cumplimiento de sus funciones.

Respecto a las demás empresas se instruyó la paralización de funciones, para lo que rige la Ley de Protección de Empleo, para los trabajadores dependientes y cotizantes en el Seguro de Cesantía, en cuyo caso opera el acto de autoridad donde se suspenden las obligaciones del contrato de trabajo, los trabajadores puedan acceder a ingresos a través del Seguro de Cesantía y excluye al trabajador de prestar un servicio; y obliga al empleador a mantener el pago de las cotizaciones previsionales y de salud.

“Es importante señalar que los trabajadores que cuenten con suspensión de contrato el empleador no puede solicitar al trabajador ninguna función laboral, y el hacerlo implica sanciones”, agregó el Seremi del Trabajo.

Seremi del Trabajo – Matías Villalobos

La autoridad laboral, además manifestó que las denuncias de incumplimiento de la ley laboral pueden efectuarse en el sitio web de la Dirección del Trabajo www.dt.gob.cl; y   que se efectuarán fiscalizaciones en conjunto con las policías para verificar el cumplimento de la normativa vigente. 

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