Senado aprueba el retiro del 10% de los fondos de las AFP

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Este miércoles, el Senado aprobó en general el proyecto de ley que permite el retiro del 10% desde las cuentas individuales en las diferentes AFPs, como medida de ayuda en medio de la crisis económica y sanitaria por coronavirus

Por 29 votos a favor, 13 en contra y 1 abstención, la Cámara Alta dio luz verde a la disposición que establece el retiro del 10%, estableciendo un monto máximo de retiro de 150 UF (unos $4.303.458) y un piso mínimo de 35 UF (cerca de $1.004.140).

La sesión continúa con la votación en particular de la iniciativa de las indicaciones ingresadas en la Comisión de Constitución del Senado.

Indicaciones aprobadas

Fondo Solidario

La indicación que plantea la creación de un Fondo Colectivo Solidario de Pensiones fue una de las votaciones más reñidas y se realizó en dos oportunidades. La idea que plantea hacerse cargo de la restitución o complementación de las pensiones futuras de quienes extrajeron dinero desde las AFPs, finalmente fue aprobada.

Cabe recordar que el fondo no alcanzó los votos necesarios en la Cámara de Diputadas y Diputados y fue rechazada por 89 votos a favor, 43 en contra, 21 abstenciones.

Pensionados serán beneficiarios

La inclusión de los actuales pensionados también fue otra de las indicaciones aprobadas que se suma al texto del proyecto y establece que se entiende por «afiliados al sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500 de 1980, a toda persona que pertenezca a dicho sistema, incluidos aquellos que sean beneficiarios de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia».

Retiro libre de impuestos

El retiro del 10% de los fondos no tendrá impuestos y los bancos no realizarán «cargos o descuentos» al monto extraído, ya que la Comisión veló por las «necesidades de las familias».

En votación dividida se aprobó que los dineros retirados «se transferirán automáticamente a una ‘Cuenta 2’ sin comisión de administración ni costo alguno para él o a una cuenta de su titularidad, en hasta dos cuotas de un máximo de 75 U.F cada una».

Plazos para el retiro de fondos

Otra de las indicaciones importantes fue la determinación del plazo que tendrán los afiliados al sistema de pensiones para el retiro del dinero, que será independiente a la vigencia del Estado de Excepción Constitucional actual provocado por la pandemia.

«Los afiliados podrán solicitar el retiro de sus fondos hasta 360 días después de publicada la presente reforma constitucional, con independencia de la vigencia del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe decretado», dice la indicación.

Universalidad

En el informe que elaborará la comisión y que será presentado en Sala del Senado también estará consagrado el concepto de universidalidad, al haberse rechazado la indicación que planteaba reservar la norma sólo para aquellas personas que vieron disminuidos sus ingresos, además de dejar sujeto a impuesto el retiro de dinero realizado por personas con mayores ingresos.

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